Manual de Regímenes fiscales especiales de Canarias
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Manual de Regímenes fiscales especiales de Canarias

Kinnamon

Zona especial Canaria,Zonas francas ,Registro Especial de Buques y deducción por producciones cinematográficas

9788416431601
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ÍNDICE

PRÓLOGO 

INTRODUCCIÓN 

CAPÍTULO I. La reforma del REF en el marco de la crisis

de las instituciones y de la economía canaria de la década

de los 80 

1. El largo rodeo comunitario 

1.1. El REF de 1972 y sus modificaciones por la

Ley 20/1991 y por la Ley 19/1994 

2. Antecedentes de la ZEC 

2.1. El modelo de la ZEC 

2.2. Las características esenciales de la zona según

el informe

3. Origen inmediato de la ZEC: Las bases del REF 

4. La posición canaria sobre las bases 

5. La primera redacción de la ley: Del Pacto de Bella

Vista a los Idus de marzo de 1993 

6. El debate parlamentario en las Cortes Generales 

7. La ZEC en la Ley 19/1994 

8. Las dificultades de la ZEC en la UE 

9. La primera estrategia de solución de los problemas 

10. El proyecto de Real Decreto Ley de modificación

de la Ley 19/1994 

10.1. La posición española y la respuesta del Grupo

Inter Servicios (GIS) 

10.1.1. Consideraciones de carácter general 

10.1.2. Consideraciones referidas a la ZEC

b. Estanqueidad 

c. Alcance geográfico 

11. La respuesta de la Comisión de la UE 

11.1. La réplica española 82

11.2. La dúplica de Bruselas

11.3. El «calvario» del 97

11.4. El pressing comunitario: Nueva exigencia de

presentación de documentación 

11.4.1. Los argumentos de Van Miert 

11.4.2. Los argumentos de Petersen

11.4.3. El fracaso de la línea de negociación con

la Comisión de la UE y el inicio de una nueva

estrategia: El desgajamiento de la negociación

de la ZEC del resto de la negociación del REF 

11.5. Los acontecimientos comunitarios de 1996 

11.5.1. Los asuntos fiscales en la UE 

11.5.2. Otros elementos 

12. La reforma de la ZEC en junio de 2000 

CAPÍTULO II. La Zona Especial Canaria: creación,

vigencia y ámbito geográfico y subjetivo 

1. Creación 

2. Ámbito geográfico de aplicación 

3. Ámbito subjetivo de aplicación 

3.1. Autorización de la inscripción de las entidades

que tengan personalidad jurídica propia o bien

sucursales 

3.2.Domicilio social y sede dirección

3.3. Residencia en Canarias de un administrador o

representante legal en caso de sucursales 

3.4. Objeto social 

3.5. Realizar las inversiones previstas en la ley en los dos

primeros años desde la inscripción en el Registro de la ZEC 

3.5.1.Tipo de inmovilizado 

3.5.2. Condiciones que ha de cumplir el inmovilizado

3.5.3. Creación de empleo dentro de los seis meses

siguientes a su inscripción en el Registro de la ZEC 

3.5.4. Memoria descriptiva 

CAPÍTULO III. El Consorcio de la Zona Especial Canaria

1. Naturaleza jurídica

1.1. Organismo autónomo del Estado 

1.2. Ente de derecho público con personalidad jurídica,

patrimonio propio y plena capacidad pública y privada 

1.3. La Ley 19/1994, de 6 de julio como norma esencial

de la ZEC 

1.3.1 La naturaleza consorcial de la Zona Especial Canaria

y la legislación vigente

a. Personalidad

b. Sometimiento al derecho público

2. Normativa general aplicable: Régimen jurídico

2.1. La Ley 19/1994 como carta atributiva de competencias

y potestades 

2.2. El ordenamiento marco 

2.2.1. El régimen general de las Administraciones

Públicas 

2.2.2. El régimen general de la Administración

del Estado 

3. Las peculiaridades del régimen consorcial 

3.1. Creación. La concurrencia de voluntades

3.2. La gestión de intereses concurrentes 

3.3. Representación de las entidades consorciadas 

3.4. Potestades 

3.4.1. La potestad normativa

3.4.2. La potestad de dirección 

3.4.3. Facultades supervisoras, inspectoras y

disciplinarias

3.4.4. Funciones informativas

a. Recepción de información

b. Transmisión de la información 

3.4.5. Otras funciones

4. Aspectos económicos

4.1. Naturaleza de los ingresos

4.2. Conciertos fiscales

4.3. Exenciones fiscales 

4.4. Consolidación presupuestaria

4.5. Vía de apremio

4.6. Recursos contra los actos del consorcio, del

presidente y del Consejo Rector

4.7. Personal al servicio del Consorcio de la Zona

Especial Canaria 

4.8. Organización

4.8.1. El Consejo Rector está compuesto por:

4.8.2. La Comisión Consultiva del Consorcio 

4.8.3. La Comisión Técnica 

4.9. Patrimonio, recursos económicos y régimen

tributario del consorcio 

CAPÍTULO IV. Régimen jurídico de las entidades de la

Zona Especial Canaria (ZEC) 

1. Definición y requisitos básicos para constituir una

entidad de la ZEC 

1.1. Definición 

1.2. Requisitos para constituir una entidad de la ZEC

2. Actividades autorizadas

3. La creación de empleo 

4. Condiciones de la inversión en activos

5. La memoria

6. El registro y la inscripción de las entidades ZEC 

6.1. Procedimiento de inscripción en el registro oficial

de las entidades de la ZEC 

6.1.1. Procedimiento de constitución de una entidad

de la ZEC 

a. La Agencia del Consorcio de la ZEC tras

recibir la documentación formará el expediente

y realizará un análisis económico 

b. El presidente del consorcio preparará el

orden del día para el estudio por parte del

Consejo Rector de las solicitudes de autorización

previas presentadas

c. La Comisión Técnica, adscrita al Consejo

Rector, emitirá finalmente un informe vinculante

en torno a la actividad económica a desarrollar por

la entidad de la ZEC 

d. El Consejo Rector resolverá autorizar o

denegar la constitución o creación de la entidad

de la ZEC 

6.1.2. Inscripción en el ROEZEC

6.2. Modificación de los requisito

6.3. Modelos 

6.4. Tasas de inscripción y de permanencia en el

ROEZEC 

CAPÍTULO V. Régimen jurídico fiscal en la ZEC

1. Introducción 

2. Especialidades en la imposición directa 

2.1. Especialidades en IS

2.2. Tipo impositivo

2.3. Determinación de la base imponible ZEC 

2.3.1. El porcentaje multiplicador 

a. La determinación del «multiplicador» 

ii. Parte del numerador negativo 

iii. Denominador de la fracción

b. Límite en la base imponible de la ZEC 

c. Valoración de las partidas contables a incluir. 

2.3.2. Valoración de operaciones, en general,

de empresas ZEC 

2.3.3. Valoración operaciones con sucursales

3. Exenciones en la ZEC: Rentas con fuente en la ZEC

obtenidas por residentes en la UE 

4. Exenciones en imposición indirecta 

4.1. Exenciones en TP 

4.1.1. Transmisiones exentas

4.1.2. Operaciones societarias 

4.1.3. Actos jurídicos documentados

4.2. Exenciones en el IGIC 

4.2.1. Operaciones interiores 

a. Entregas de bienes y servicios entre

empresas ZEC

b. Entrega de bienes y servicios de entidades

no ZEC a entidades ZEC

4.2.2. Importaciones

5. Tributación local 

6. Pérdida de beneficios fiscales: Cancelación

de inscripción en Registro de la ZEC y pérdida de beneficios

6.1. Caso del Impuesto de Sociedades 

7. Contabilidad operaciones ZEC. Individualización

en cuentas separadas las operaciones indicadas en los

apartados 1 y 2 del artículo 44 de esta ley 

7.2. Las transmisiones de bienes inmuebles que

formen parte del inmovilizado afecto a la actividad,

incluidos los derechos reales sobre los mismos,

cuando los bienes estén situados en el ámbito

geográfico de la Zona Especial Canaria 

7.3. Las prestaciones de servicios que se efectúen

con los medios de la entidad que estén situados en

el ámbito de la Zona Especial Canaria 

7.4. Las operaciones realizadas desde los centros

de actividad de la entidad de la Zona Especial Canaria

situados en el ámbito geográfico de la Zona Especial

Canaria destinadas a sus sucursales situadas fuera de

dicho ámbito geográfico 

7.5. Las operaciones recibidas por los centros de

actividad de la entidad de la Zona Especial Canaria

7.6. Las transmisiones de elementos patrimoniales

adquiridos por la entidad de la Zona Especial Canaria

procedentes de entidades que no tengan el carácter

de entidad de la Zona Especial Canaria como

consecuencia de operaciones acogidas al régimen

especial de las fusiones 

CAPÍTULO VI. La potestad sancionadora del Consorcio ZEC 

1. Introducción 

2. El régimen jurídico de las infracciones y sanciones 

3. Compatibilidad del régimen de sanciones ZEC con

otros órdenes jurídicos 

4. La tipificación de las sanciones y su graduación 

4.1. Tipificación 

4.2 Graduación de las sanciones 

5. La prescripción de las sanciones 

6. Procedimiento sancionador 

7. Pago voluntario de la sanción 

8. Propuesta de resolución 

9. Procedimiento simplificado 

10. Fases y trámites del procedimiento administrativo

sancionador 

CAPÍTULO VII. Zonas Francas, Registro Especial de

Buques y ZEC 

1. Zonas Francas Canarias

1.1 Normativa aplicable 

1.1.1. Legislación Comunitaria

1.1.2. Legislación nacional 

1.1.3. Legislación específica 

1.2. Definición de Zona Franca y Ventajas

1.3. Beneficios fiscales y económicos 

1.4. Zona Especial Canaria y Zona Franca 

2. El Registro Especial de Buques en la Ley de

Modificación del REF 

2.1. Régimen jurídico del REB

2.1.1. Centro de actividad en Canarias

2.1.2. Tipo de buques 

2.1.3. Tamaño mínimo 

2.1.4. Título jurídico para la inscripción

2.1.5. Condiciones de los buques

2.1.6. Condiciones de la tripulación

a. Nacionalidad 

b. Normativa laboral y Seguridad Social

2.2. La regulación REF del REB 

2.2.1. Inscripción de buques en el registro según

la Ley 19/1994

2.2.2. Requisitos y límites 

2.3. Régimen fiscal del REB 

2.3.1. Exenciones en el Impuesto sobre

Transmisiones Patrimoniales y Actos

Jurídicos Documentados 

a. Transmisiones patrimoniales 

b. Operaciones societarias 

c. Actos jurídicos documentados

2.3.2. Exenciones en el IRNR

2.3.3. Exenciones en el IS

2.3.4. Régimen ZEC en el REB 

EXCURSO SOBRE LA DEDUCCIÓN POR INVERSIONES

CINEMATOGRÁFICAS EN CANARIAS

1. Introducción 

2. Aplicación de la deducción 

1. Las inversiones en producciones españolas de

largometrajes y cortometrajes cinematográficos y

de series audiovisuales de ficción, animación o

documental, que permitan la confección de un

soporte físico previo a su producción industrial

seriada. 

2. Los productores registrados en el Registro

Administrativo de Empresas Cinematográficas

del Instituto de la Cinematografía y de las Artes

Audiovisuales que se encarguen de la ejecución

de una producción extranjera de largometrajes

cinematográficos o de obras audiovisuales que

permitan la confección de un soporte físico previo

a su producción industrial seriada. 

3. Los gastos realizados en la producción y exhibición

de espectáculos en vivo de artes escénicas y musicales 

ANEXO. Consultas 267

ÍNDICE DE LAS CONSULTAS 269

TEXTO DE LAS CONSULTAS 275

SECRETARÍA DE ESTADO DE HACIENDA

DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTOS

Consultas Vinculantes

Paginas
352
Autor
Juan Romero Pi
Fecha de edición
1ª edición Septiembre 2022

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