Expropiación forzosa: conceptos, procedimientos y criterios de valoración del justiprecio
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Expropiación forzosa: conceptos, procedimientos y criterios de valoración del justiprecio

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Una completa recopilación de doctrina jurisprudencial del Tribunal Supremo en materia de expropiación forzosa que pretende resolver todas las dudas que puedan plantearse a los operadores jurídicos relativas a esta institución, como son los funcionarios ...

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Una completa recopilación de doctrina jurisprudencial del Tribunal Supremo en materia de expropiación forzosa que pretende resolver todas las dudas que puedan plantearse a los operadores jurídicos relativas a esta institución, como son los funcionarios de Administraciones Públicas Territoriales (Estatal, Autonómica y Local) relacionados con las infraestructuras públicas, personal de concesionarias de servicios públicos, abogados que representan profesionalmente los intereses de los expropiados, etc.

Dispone de un amplio índice para poder localizar con rapidez la solución jurisprudencial a cada consulta jurídica relacionada con esta materia, esquemas de la expropiación por obra pública urgente y no urgente, de una expropiación urbanística, así como material práctico extraído de expedientes expropiatorios. Un libro con vocación de consulta, que sigue la estructura de la Ley de Expropiación Forzosa, y cuya única pretensión es que todo estudioso de la materia pueda encontrar el extracto de la resolución judicial que responda a su pregunta relacionada con esta inveterada institución jurídico-pública.

ÍNDICE

Significado de la expropiación forzosa y normativa aplicable

    I. Fuentes normativas en materia de expropiación forzosa

    II. Antecedentes legislativos de la expropiación forzosa

    III. Distinción entre las instituciones jurídicas de la expropiación forzosa y la responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas

    IV. Concepto y características de la expropiación forzosa (arts. 1 LEF y 1 y 2 REF)

    V. Concepto, fines y naturaleza jurídica del justiprecio

    VI. Jurisprudencia del Tribunal Constitucional en materia de expropiación forzosa

    VII. Jurisprudencia del Tribunal Constitucional en materia de valoración (STC de 20 de marzo de 1997)

Principios generales (Título I de la LEF)

    I. Administraciones que pueden expropiar y la figura de la beneficiaria de la expropiación (arts. 2 LEF y 3 a 5 y 23.2 REF)

    II. Administración expropiante

    III. La figura de la beneficiaria de la expropiación

    IV. ¿Con quién se ha de entender el procedimiento expropiatorio? Importancia de los registros públicos (arts. 3 LEF, 3.1, 6, 19.3, 20.4, 49.4 y 62.4 REF, y 313 LH)

    V. Titulares de derechos reales e intereses económicos. Los arrendatarios tienen derecho a expediente propio (art. 4 LEF)

    VI. La intervención del Ministerio Fiscal (art. 5 LEF)

    VII. Sobre la posibilidad de que el representante legal del expropiado pueda enajenar sin autorización judicial, siempre que se consigne el justo precio a disposición judicial (art. 6 LEF)

    VIII. Sobre la posibilidad de transmitir el bien o derecho expropiado (arts. 7 LEF y 7 REF)

    IX. Sobre la adquisición de la administración del bien libre de cargas y sobre la posibilidad de conservación por el particular de derechos reales sobre el bien expropiado (art. 8 LEF)

Esquema general del expediente expropiatorio ordinario o no urbanístico

    I. Procedimiento de urgencia (art. 52 LEF)

    II. Procedimiento no de urgencia (arts. 9 a 58 LEF)

Requisito previo de la actuación expropiatoria: declaración de utilidad pública o interés social del fin público que legitima la actuación expropiatoria (arts. 9.14 LEF y 10.14 REF)

    I. La declaración de utilidad pública o interés social del fin público que legitima la actuación expropiatoria

    II. La declaración de utilidad pública o interés social no es un mero requisito formal para la iniciación de la actuación expropiatoria, sino que es su causa legitimadora

    III. La declaración de utilidad pública constituye el primer requisito de la actuación expropiatoria

    IV. La declaración de utilidad pública o interés social y el acuerdo sobre la concreta necesidad de ocupación de unos determinados bienes y derechos se configuran como requisitos esenciales del procedimiento expropiatorio

    V. Existencia de una conexión directa entre el fin (causa expropiandi) y la relación de bienes y derechos afectados (acuerdo de necesidad de ocupación)

    VI. Flexibilización del concepto de causa expropiandi, pudiendo el fin ser destinado no solo a un posible destino, sino a varios

    VII. La causa expropiandi ha de subsistir durante la tramitación del expediente expropiatorio (SSTS de 9 de mayo y 9 de octubre de 1985 y de 23 de septiembre de 1986)

    VIII. Declaración por Ley de la causa expropiandi

    IX. Las comunidades autónomas también pueden, en el ejercicio de su poder legislativo y dentro de sus competencias, definir la causa expropiandi

    X. Amplia discrecionalidad del legislador, estatal o autonómico, para definir la causa expropiandi

    XI. Sobre la posibilidad de que se declare la utilidad pública o interés social en una norma legal, no necesariamente Ley formal

    XII. Sobre la posibilidad de que se declare la utilidad pública de unas obras mediante la Ley de Presupuestos Generales del Estado

    XIII. Aunque exista una Ley que contenga una declaración genérica de utilidad pública o interés social para una determinada categoría de bienes, luego debe existir un concreto reconocimiento con relación a unas obras determinadas

    XIV. La declaración de utilidad pública y necesidad de ocupación está implícita en los Planes de Obras y Servicios del Estado, comunidades autónomas, provincias y municipios

    XV. La causa expropiandi de interés social

    XVI. La declaración de utilidad pública contenida en la Ley no requiere ser notificada

    XVII. Sobre la posibilidad de un control jurisdiccional de la declaración de utilidad pública

    XVIII. La anulación del Plan que contenía la declaración de utilidad pública de las obras supone la nulidad de toda la actuación administrativa expropiatoria posterior

    XIX. Consecuencias de la nulidad del expediente expropiatorio por falta de utilidad pública

    XX. La falta de causa expropiandi determina que la Administración incurra en vía de hecho y que lo actuado sea nulo de pleno derecho

    XXI. Imposible convalidación o subsanación de los actos administrativos expropiatorios una vez declarados nulos por sentencia firme

Inicio de la actuación expropiatoria: acuerdo sobre la necesidad concreta de ocupación de bienes o de adquisición de derechos (arts. 15.23 LEF y 15.24 REF)

    I. El acuerdo de necesidad de ocupación de bienes o para la adquisición de derechos

    II. Persigue la conciliación de dos principios: la eficacia y la oportunidad de la medida con el sistema de garantías del administrado

    III. Diferenciación entre la declaración de utilidad pública e interés social y el acuerdo de necesidad de ocupación. Existencia de una relación directa entre ambas

    IV. Trascendencia del acuerdo de necesidad de ocupación

    V. El acuerdo de necesidad de ocupación solo es exigible con relación a los bienes y derechos de propiedad privada

    VI. Alcance del acuerdo de necesidad de ocupación: bienes estrictamente indispensables para el fin o destino público

    VII. En caso de ampliaciones de obra

    VIII. Implica el inicio del expediente expropiatorio

    IX. En la declaración de la necesidad de ocupación se suceden tres fases: redacción de la relación de bienes y derechos, información pública y resolución

    X. Omisión de alguno de los bienes o derechos en la relación

    XI. La relación de bienes y derechos facilita a los futuros expropiados su derecho de defensa

    XII. Sobre el trámite de información pública

    XIII. El acuerdo de necesidad de ocupación se debe notificar a los titulares afectados

    XIV. El acuerdo de necesidad de ocupación puede estar implícito en el Plan de Obras o Servicios de una Administración Pública si contiene la relación de bienes y derechos

    XV. No se requiere el informe de la Abogacía del Estado previsto en el art. 19.2 REF cuando la relación de bienes y derechos figura en el Plan de Obras

    XVI. Los Planes de Urbanismo no contienen de forma implícita la necesidad de ocupación si no consta en los mismos la relación de los propietarios y la descripción de los bienes y derechos

    XVII. Consecuencias jurídicas en el caso de que se prescinda del acuerdo de necesidad de ocupación

    XVIII. Ausencia de la relación de bienes y derechos

    XIX. Control jurisdiccional

    XX. El acuerdo de necesidad de ocupación es impugnable en vía administrativa (recurso de alzada) y en vía jurisdiccional (recurso contencioso-administrativo)

    XXI. La extensión del bien que se va a expropiar es un dato fiscalizable

    XXII. El desistimiento de la expropiación

    XXIII. La dilación de la Administración en la tramitación del expediente expropiatorio. ¿Es posible la caducidad del expediente expropiatorio?

    XXIV. Sobre la solicitud de expropiación total por el carácter antieconómico del resto

Procedimiento de urgencia (arts. 52 LEF y 56 a 59 REF)

    I. Exposición de los trámites

    II. Consideración general

    III. Antecedente histórico y su uso generalizado por las Administraciones Públicas

    IV. Sobre la naturaleza de este procedimiento. No constituye un procedimiento especial diferente del ordinario

    V. Supone la alteración de la regla del previo pago, si bien ello no vulnera la Constitución

    VI. La declaración de urgencia puede hacerse en cualquier momento de la tramitación del expediente expropiatorio

    VII. La Administración no tiene una facultad discrecional para acordar este procedimiento y exige la concurrencia de circunstancias excepcionales

    VIII. La urgencia es un concepto jurídico indeterminado y no admite interpretaciones analógicas o extensivas

    IX. Titularidad de la competencia para declarar la urgencia de la ocupación de los bienes y derechos

    X. La declaración de urgencia en la ocupación no se notifica, salvo que lleve implícita la necesidad de ocupación de unos concretos bienes o derechos

    XI. La relación de bienes y derechos, así como el trámite de información pública, constituyen requisitos esenciales para la validez del acuerdo de urgente ocupación

    XII. Consecuencias de la omisión del decreto declarativo de la urgencia de la expropiación

    XIII. ¿Puede caducar la declaración de urgencia?

    XIV. Sobre la finalidad del acta previa a la ocupación de los bienes y derechos

    XV. Sobre la trascendencia del acta previa a la ocupación en el procedimiento

    XVI. Falta de notificación de la fecha para el levantamiento del acta previa a la ocupación

    XVII. Cuando el acta previa a la ocupación recoge una superficie errónea

    XVIII. Sobre la personación del perito en la finca

    XIX. El Registro de la Propiedad no constituye un elemento probatorio sobre la superficie de la finca

    XX. La Administración no puede rectificar el acta previa a la ocupación si no se trata de errores materiales o aritmético

    XXI. Falta de presencia en el procedimiento del interesado o expropiado, así como del alcalde o concejal en quien delegue

    XXII. Sobre los intereses que se devengan sobre el depósito previo

    XXIII. Sobre el depósito previo

    XXIV. Imposibilidad de impugnación de las hojas de depósito previo a la ocupación por ser actos de trámite

    XXV. Sobre la indemnización por rápida ocupación

    XXVI. Sobre la ocupación

    XXVII. Sobre la fecha de referencia del justo precio

    XXVIII. Sobre las características del procedimiento una vez ocupados urgentemente los bienes y derechos expropiados

    XXIX. Sobre la posibilidad de impugnación judicial de la declaración de urgencia en la ocupación de los bienes o derechos expropiados. Necesidad de motivación de la urgencia

    XXX. ¿Es posible la suspensión judicial de la declaración de urgencia?

    XXXI. Sobre el interés de demora

    XXXII. Sobre el apercibimiento previo de lanzamiento en casos de desahucio del terreno expropiado

Fase de justiprecio: determinación por mutuo acuerdo o de forma contradictoria en pieza separada del justiprecio

    I. Fijación del justo precio por mutuo acuerdo o convenio expropiatorio (arts. 24 LEF y 25.27 REF)

    II. Firmeza del acuerdo de necesidad de ocupación como presupuesto para abrir la fase administrativa de determinación del justo precio (arts. 25 LEF y 28 REF)

    III. Fijación del justo precio de forma contradictoria en pieza separada de justo precio (arts. 26 a 35 LEF y 28 a 38 REF)

Pago del justiprecio y toma de posesión del bien o derecho expropiado

    I. El pago del justiprecio (arts. 48 LEF y 48.50 REF)

    II. Exención tributaria del pago del justiprecio (art. 49 LEF)

    III. La consignación del justiprecio (arts. 50 LEF y 51 REF)

    IV. La ocupación (arts. 51 LEF y 52.55 y 59 REF)

    V. Autorización judicial para ocupar en caso de oposición del expropiado

    VI. Inscripción en el Registro de la Propiedad

Decreto 1093/1997, de 4 de julio, por el que se aprueba el Reglamento sobre Inscripción en el Registro de la Propiedad de Actos de Naturaleza Urbanística)

    VII. Derecho de reversión (arts. 54 y 55 LEF y 63.70 REF)

Responsabilidad por demora: el interés de demora en la fijación del justiprecio y en el pago del mismo, y la institución de la retasación

    I. El interés de demora en la fijación del justiprecio (arts. 56 LEF y 71.72 REF)

    II. El interés de demora en el pago del justiprecio (arts. 57 LEF y 73 REF)

    III. Datos para la liquidación del interés de demora en la fijación del justiprecio y en el pago del justiprecio

    IV. El interés de demora en el procedimiento expropiatorio de urgencia (art. 52.8.ª)

    V. Ejemplo práctico de liquidación de intereses de demora en un expediente expropiatorio de urgencia

    VI. ¿Pueden los intereses de demora impagados devengar nuevos intereses?

    VII. ¿Pueden devengarse los intereses del art. 106 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa?

    VIII. La retasación (arts. 58 LEF y 74.2 REF) ...

Procedimientos especiales

    I. De la expropiación por zonas o grupos de bienes (arts. 59.70 LEF y 75.86 REF)

    II. De la expropiación por incumplimiento de la función social de la propiedad (arts. 71.75 LEF y 87.91 REF)

    III. De la expropiación de bienes de valor artístico, histórico y arqueológico (arts. 76.84 LEF y 92.100 REF)

    IV. De la expropiación por entidades locales o por razón de urbanismo (arts. 85 LEF y 101.103 REF)

    V. De la expropiación que da lugar a traslado de poblaciones (arts. 86.96 LEF y 104.118 REF)

    VI. De las expropiaciones por causa de colonización o de obras públicas (arts. 97.98 LEF y 119.120 REF)

    VII. De la expropiación en materia de propiedad intelectual (arts. 99 LEF y 121.123 REF)

    VIII. De la expropiación por razones de defensa nacional y seguridad del Estado (arts. 100.107 LEF y 124 REF)

Expropiación urbanística

    I. La expropiación urbanística

    II. Regulación estatal: arts. 42 a 48 del Texto Refundido de la Ley del Suelo y Rehabilitación Urbana, aprobado por Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre

    III. Regulación estatal supletoria: arts. 64 a 69 y 134 a 145 del Texto Refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, aprobado por Real Decreto 1346/1976, de 9 de abril

    IV. Regulación autonómica

    V. Análisis jurisprudencial

Otras formas de afección expropiatoria: imposición de servidumbres y ocupación temporal. Criterios para su valoración

    I. Otras formas de afección expropiatoria

    II. La ocupación temporal

    III. Establecimiento de servidumbres mediante el expediente expropiatorio y su diferenciación con las limitaciones generales del dominio

De la indemnización por otros daños (Capítulo II del Título IV de la LEF y del REF) y por la anulación del expediente expropiatorio (Disposición Adicional de la LEF)

    I. Regulación y supuestos

    II. Contenido normativo

    III. Jurisprudencia sobre la requisa civil

    IV. Jurisprudencia sobre la responsabilidad patrimonial por daños ocasionados por el funcionamiento normal o anormal del servicio público

    V. Jurisprudencia relacionada con la prescripción de la acción de reclamación

Garantías jurisdiccionales (Título V de la LEF y del REF)

    I. Normativa aplicable

    II. Sobre las expropiaciones legislativas

    III. La vía de hecho en actuaciones expropiatorias y sus consecuencias

    IV. Actos administrativos del expediente expropiatorio susceptibles de recurso jurisdiccional

    V. La jurisdicción contencioso-administrativa como la competente para revisar las indemnizaciones “por otros daños”

    VI. Consecuencias de la anulación de un expropiatorio: Disposición Adicional de la LEF. ¿Deben ser probados los daños y perjuicios derivados de la actuación ilegal de la Administración?

Aspectos fiscales del justiprecio

    I. Aspectos generales

    II. Tratamiento en el IRPF (arts. 33 a 39 RDL 3/2004 y 40 a 42 RD 439/2007)

    III. Tratamiento en el Impuesto sobre Sociedades (art. 17 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre)

    IV. Tratamiento en el Impuesto sobre la Renta de los No Residentes (arts. 18 y 24.4 RDLeg. 5/2004)

    V. Tratamiento en el Impuesto sobre Incremento de Valor de Terrenos de Naturaleza Urbana (arts. 104 a 110 RDLeg. 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales)

    VI. Tratamiento en el Impuesto sobre el Valor Añadido (Ley 37/1992, de 28 de diciembre, y RD 1624/1992, de 29 de diciembre)

    VII. Tratamiento en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (RDL 1/1993, de 24 de septiembre, y RD 828/1995, de 29 de mayo)

Criterios para la tasación del justo precio e indemnizaciones

    I. Preceptos de la Ley de Expropiación Forzosa (arts. 36 a 47 LEF)

    II. Preceptos del Texto Refundido de la Ley del Suelo y Rehabilitación Urbana, aprobado por Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, y Real Decreto 1492/2011, de 24 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de Valoraciones de la Ley del Suelo

    III. Criterios de valoración en el anterior marco normativo: Ley 6/1998, de 13 de abril, sobre Régimen del Suelo y Valoraciones

    IV. Indemnizaciones reconocidas jurisprudencialmente

    V. Sobre la capacitación técnica para la realización de tasaciones en el ámbito de la expropiación forzosa

Esquemas

    Procedimiento de expropiación ordinaria no urgente (SP/DOCT/82961)

    Procedimiento de expropiación ordinaria urgente (SP/DOCT/82959)

    Expropiación urbanística (SP/DOCT/82958)

Material práctico

    Declaración de urgencia

    Relación de bienes y derechos (acuerdo de necesidad de ocupación)

    Acta previa a la ocupación

    Hoja de valoración del depósito previo

    Hoja de valoración de indemnización por rápida ocupación (IRO)

    Acta de ocupación

    Acta de mutuo acuerdo

    Hoja de aprecio de la Administración

    Resolución del Jurado Provincial de Expropiación Forzosa

    Acta de pago del justiprecio

Bibliografía

Breve currículo

Paginas
968
Autor
Jorge Ortiz Ramirez
Fecha de edición
3ª edición Diciembre 2023
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