La Reforma de la fe pública
OlejnikSegún los principios de nuestro Derecho Procesal, los litigantes son libres de constituirse contractualmente un tribunal propio, compuesto de personas privadas, sin que al Poder público le sea licito obligarles a valerse de los Tribunales
Según los principios de nuestro Derecho Procesal, los litigantes son libres de constituirse contractualmente un tribunal propio, compuesto de personas privadas, sin que al Poder público le sea licito obligarles a valerse de los Tribunales que, en clase de organismos supletorios...
ÍNDICE
Introducción: Los Juzgados y las Notarías: el repartimiento de negocios
1. Capítulo: La unidad de acto en los otorgamientos
2. Capítulo: Obligación del Notario de redactar los instrumentos con todas las circunstancias indispensables para su validez
3.Capítulo: El número de notarías ajustado estrictamente a las necesidades del servicio público, según el artículo 3.º de la ley
4. Capítulo: Decorosa subsistencia de los fedatarios, según el artículo 3.º de la ley de 1862
5. Capítulo: Incompatibilidades para el ejercicio de otros cargos e industrias, y residencia fija, artículos 7 y 16 de la ley
6. Capíutlo: Decoro impuesto al Notario por el artículo 43 de la ley del Notariado
7. Capítulo: Si el poder púlbico debe a los particulares la libertad de elegir Notario fuera del límite en que pueden elegir Juz
8. Capítulo: Desuso del Notariado
9. Capítulo: Sistemas de mancomunidad notarial.- Fondo común con una parte de los derechos de arancel, subsistiendo la competencia y la libertad de elegir
10. Capítulo: Pensamientos de reforma distintos del de la mancomunidad.- Crear Tribunales de honor
Síntesis de la información: Fondo común obligatorio, con las tres cuartas partes de los derechos devengados en cda Colegio
Apéndice
- Paginas
- 176
- Autor
- Joaquín Costa
- Editorial
- Olejnik
- Fecha de edición
- 1ª edición Julio 2020