Muerte del arrendatario de vivienda: Art. 16 y Disposición Transitoria Segunda, apdo. 4, LAU 29/1994
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Muerte del arrendatario de vivienda: Art. 16 y Disposición Transitoria Segunda, apdo. 4, LAU 29/1994

Sepin

Analizamos las resoluciones judiciales más recientes e interesantes dictadas por los tribunales sobre el derecho de subrogación en el arrendamiento de vivienda ante el fallecimiento del arrendatario, regulado en el art. 16 y en la...

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Analizamos las resoluciones judiciales más recientes e interesantes dictadas por los tribunales sobre el derecho de subrogación en el arrendamiento de vivienda ante el fallecimiento del arrendatario, regulado en el art. 16 y en la Disposición Transitoria Segunda, apdo. 4 y ss., de la LAU 29/1994.

¿Quiénes son los sujetos con derecho a subrogarse? ¿Cuáles son los requisitos de convivencia y de notificación? ¿El cónyuge tiene la consideración de cotitular o no a efectos del cumplimiento de notificar el ejercicio de este derecho? ¿El conocimiento por el arrendador del fallecimiento del arrendatario excluye tal notificación? ¿Existe un límite en el número de las subrogaciones? ¿Cuál es el plazo de duración? ¿Cabe el pacto contractual de renuncia a este derecho? Todas estas cuestiones son analizadas minuciosamente en las sentencias que le mostramos por conceptos y fechas, y con un título resumen para agilizar la búsqueda del profesional dedicado a los arrendamientos urbanos.

ÍNDICE

Sujetos con derecho

 Cónyuge

 No se considera cotitular

 Se considera cotitular

 Parejas de hecho

 Hijos

 Ascendientes

 Otros familiares

 Orden de preferencia

Requisito de convivencia

 Cónyuge

 Pareja de hecho

 Hijos

 Personas con minusvalía

Requisito de notificación

 Necesidad

 Conocimiento del arrendador

 No es necesaria

 Es necesaria

 Consentimiento del arrendador

 Aceptación tácita

 Aceptación del pago de renta

 No aceptación del pago de renta

 Forma de realizarla

 Plazo de tres meses

Número de subrogaciones permitidas

 Cónyuge

 Hijos

Duración de la subrogación. Hijos

 Plazo de dos años

 Hasta el fallecimiento por hijos con discapacidad

 Hasta el fallecimiento por hijos perceptores de prestaciones públicas por jubilación o invalidez

 Hasta el fallecimiento por hijos mayores de 65 años

Renuncia al derecho de subrogación

Paginas
132
Autor
Sepin
Fecha de edición
1ª edición Noviembre 2024
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